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Desglose de factura con IGV, como lo pide SUNAT.

Ingresas el subtotal o el total con IGV, sale el desglose Valor de Venta + IGV + Total, listo para copiar a tu factura electrónica. Con importe en letras incluido.

IGV vigente SUNAT 2026 Última revisión: 27 abril 2026
Tasa de IGV
Total con IGV S/ 0.00
Valor de Venta
S/ 0.00
IGV (18%)
S/ 0.00
Importe Total
S/ 0.00
Son: CERO CON 00/100 SOLES
Valor de Venta: S/ 0.00 · IGV (18%): S/ 0.00 · Importe Total: S/ 0.00

Factura o Boleta de Venta, cuándo cada una.

SUNAT te obliga a emitir uno de los dos según quién es tu cliente. La diferencia importa porque solo la Factura permite a tu cliente usar crédito fiscal del IGV.

Factura B2B

  • Cliente es empresa con RUC
  • Requiere RUC del comprador
  • Permite crédito fiscal del IGV al comprador
  • IGV consignado por separado del Valor de Venta
  • Obligatoria para todas las operaciones B2B
  • Formato electrónico UBL 2.1

Boleta de Venta B2C

  • Cliente es consumidor final
  • Solo requiere DNI (opcional, no obligatorio si monto < S/ 700)
  • NO permite crédito fiscal
  • Puede mostrar IGV incluido o desglosado
  • Para ventas al público minorista
  • También electrónica obligatoria

Caso típico: si vendes un servicio a una empresa que después declara IGV, te van a pedir Factura para descontarlo de su crédito fiscal. Si vendes a un consumidor en una bodega, Boleta. Si dudas, pregunta — emitir el comprobante incorrecto te puede generar observaciones de SUNAT.

Lo que tiene que aparecer en una factura electrónica.

SUNAT exige varios campos en el formato UBL 2.1. La calculadora arriba te genera los tres montos críticos (Valor de Venta, IGV, Importe Total) más el importe en letras. El resto los pone tu sistema de facturación.

  • Datos del emisor: RUC, razón social, dirección fiscal
  • Datos del adquirente: RUC (Factura) o DNI (Boleta), nombre o razón social
  • Tipo y serie del comprobante: ej. F001-00012345 para Factura
  • Fecha de emisión
  • Detalle de bienes/servicios: cantidad, descripción, precio unitario
  • Valor de Venta: monto antes del IGV (lo que devuelve la calculadora)
  • IGV consignado por separado: 18% (o 10.5% MYPE)
  • Importe Total: Valor de Venta + IGV
  • Importe en letras: requisito obligatorio (la calculadora lo genera)
  • Hash, firma digital y código QR: los pone el sistema de facturación

Cómo se calcula (la matemática es simple)

Modo "Tengo el subtotal": Importe Total = Valor de Venta × 1.18. Modo "Tengo el total con IGV": Valor de Venta = Importe Total ÷ 1.18. El IGV es la diferencia: IGV = Total − Valor de Venta.

Con tasa MYPE (10.5%), reemplaza 1.18 por 1.105 en las fórmulas.

El importe en letras lo construye un pequeño conversor que sigue la convención peruana: "QUINIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES" en mayúsculas y con la fracción de céntimos sobre 100. Es el formato que pide SUNAT en el campo "Importe en Letras" de la representación impresa.

Redondeo a dos decimales por línea, que es lo estándar en facturación electrónica peruana. Si tu sistema redondea diferente y ves un céntimo de diferencia, suele ser por ahí.

Todo el cálculo pasa en tu navegador. No mando nada a ningún servidor.

— Diego, abril 2026

Preguntas sobre la factura con IGV.

¿Cómo se aplica el IGV en una factura?

En una factura electrónica peruana el IGV va consignado por separado del Valor de Venta. La estructura es: Valor de Venta (sin IGV) + IGV 18% = Importe Total.

Ejemplo: si vendes un servicio en S/ 1,000 + IGV, la factura muestra Valor de Venta S/ 1,000, IGV S/ 180, Importe Total S/ 1,180.

¿Qué es el Valor de Venta en una factura?

Es el monto de tu producto o servicio antes del IGV. SUNAT lo llama así en el formato de factura electrónica UBL 2.1. Otros nombres comunes para lo mismo: subtotal, base imponible, importe sin IGV.

Es lo que multiplicas por 1.18 (o 1.105 si te acoges al MYPE) para obtener el Importe Total.

¿Quién paga el IGV, el comprador o el vendedor?

El comprador es quien paga el IGV (lo asume económicamente). El vendedor lo cobra incluido en la factura, lo declara mensualmente en el PDT 621, y lo paga a SUNAT.

Si el vendedor también paga IGV en sus compras (tiene crédito fiscal), descuenta ese crédito del IGV que debe pagar a SUNAT. Por eso a las empresas les conviene pedir Factura: pueden usar el IGV pagado como crédito.

¿Cómo calcular el precio con IGV?

Multiplicas tu Valor de Venta (precio sin IGV) por 1.18.

Ejemplo: S/ 500 × 1.18 = S/ 590 total con IGV. Si tienes el total y quieres saber cuánto era sin IGV, divides entre 1.18: S/ 590 ÷ 1.18 = S/ 500.

¿Factura o Boleta de Venta?

Factura: para B2B (empresa a empresa). Requiere el RUC del comprador. Permite a tu cliente usar el IGV pagado como crédito fiscal.

Boleta de Venta: para B2C (venta a consumidor final). Solo requiere DNI (no obligatorio si el monto es menor a S/ 700). No permite crédito fiscal.

Si tu cliente es una empresa que necesita deducir IGV, le emites Factura. Si es consumidor en una tienda, Boleta. Las dos son obligatoriamente electrónicas para casi todos los contribuyentes desde 2022.

¿Qué pasa si la factura supera los 700 soles?

Para servicios y bienes sujetos al sistema de detracciones (Anexos 2 y 3 de SUNAT), las facturas mayores a S/ 700 obligan al comprador a depositar un porcentaje del total en el Banco de la Nación, en la cuenta del proveedor.

El porcentaje va de 4% a 15% según la categoría del servicio o bien (códigos 027, 037, 022, etc.). No reduce lo que el proveedor cobra al final, solo cambia cómo le llega: una parte directa, otra parte vía Banco de la Nación.

Ver la calculadora de detracciones para los códigos y tasas exactas.

¿Qué es la tasa MYPE de 10.5%?

Desde el 1 de enero de 2026, la Ley 32387 redujo el IGV a 10.5% (8% IGV + 2.5% IPM) para restaurantes, hoteles y servicios de catering bajo el régimen MYPE, siempre que tengan ingresos anuales menores a 1,700 UIT y al menos 70% de la actividad principal venga de alojamiento o gastronomía.

Si te acoges, tus facturas usan 10.5% en lugar del 18%. La calculadora arriba tiene un toggle para esa tasa.

¿Es obligatoria la factura electrónica en Perú?

Sí, para casi todos los contribuyentes desde 2022. Las facturas en papel ya no se aceptan en B2B salvo casos excepcionales (régimen único simplificado en ciertos rangos).

La emisión se hace por uno de tres caminos: (1) el portal SUNAT directamente, (2) un OSE (Operador de Servicios Electrónicos) autorizado, o (3) software de facturación que cumpla el formato UBL 2.1 y que esté homologado por SUNAT.